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Tipo: materialTypeLabelLibro General
Ubicación Física: 344.01

La oralidad laboral : derecho procesal del trabajo y de la seguridad social /

Autor: Vallejo Cabrera, Fabián.
Pié de imprenta: Medellín : Librería jurídica Sanchez R., 2014.
Edición: 9a ed. edición actualizada con el código general del proceso.
Descripción: 405 páginas : tablas ; 17x24cm.
ISBN: 9789588918389.
Nota de Bibliografía: Incluye bibliografía páginas 403-405.
Contenido: Capítulo I. El derecho procesal del trabajo de la seguridad social. -- Capítulo II. Los principios informadores del derecho procesal en general y del procesal del trabajo particular. -- Capítulo III. Actividades preprocesales. -- Capítulo IV. La jurisdicción y la competencia. -- Capítulo V. Los sujetos del derecho procesal laboral oral. -- Capítulo VI. Actos de introducción al proceso oral. -- Capítulo VII. La defensa del demandado en el proceso oral. -- Capítulo VIII. Los incidentes en el proceso laboral oral. -- Capítulo IX. Actos de comunicación procesal. -- Capítulo X. Actos procesales de impugnación. Los recursos en el proceso laboral. -- Capítulo XI. Las pruebas en el proceso laboral oral. -- Capítulo XII. Los procesos laborales. -- Capítulo XIII. Práctica forense laboral.
Resumen: A partir del 01 de enero de 2016, el Código General del Proceso es de obligatoria aplicación en los procesos laborales. Entró a reglamentar, desde la fecha en cita, todas las materias que no tengan regulación expresa en el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. De esa aplicación de las normas del primer estatuto procesal al segundo, destacamos dos características fundamentales: (I) es directa y, (II) es obligatoria. Es Directa por que el trasplante de los preceptos del CGP al CPTSS no se realizará, en adelante, por vía de la analogía como antes sucedía, sino, directamente. Así lo dispone el Artículo 1.º del Código General del Proceso en los siguientes términos: «Se aplica, además, a todos los asuntos de cualquier Jurisdicción o especialidad […], en cuanto no estén regulados expresamente en otras leyes». Es Obligatoria, de otra parte, porque no faculta al operador jurídico aplicar o no las normas del CGP a un asunto no reglado en el Código especializado, sino que la impone, la ordena. Una consecuencia surge de inmediato de lo hasta ahora expuesto: los vacíos, la falta de reglamentación legal de muchos temas, (que era lo típico) en el CPTSS. Dada su escasez normativa, han desaparecido en buena hora, impidiendo que cada juzgado tenga su «propio código» que se conformaba con los criterios —muchas veces infundados— sobre la forma de integrar esas lagunas. A partir del 2016 ha nacido un «Código Integral», muy completo y moderno, que regulará el proceso del trabajo y de la seguridad social, el cual está conformado por las normas —no pocas— del CGP y los preceptos propios del CPTSS. Su manejo no es tarea fácil para los laboralistas ya que impone el estudio y dominio simultaneo de los dos estatutos procesales en forma necesaria. Esta obra tiene por objeto entregar directrices y caminos para asumir con responsabilidad esa tarea jurídico procesal.

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Incluye índice general.

Incluye bibliografía páginas 403-405

Capítulo I. El derecho procesal del trabajo de la seguridad social. -- Capítulo II. Los principios informadores del derecho procesal en general y del procesal del trabajo particular. -- Capítulo III. Actividades preprocesales. -- Capítulo IV. La jurisdicción y la competencia. -- Capítulo V. Los sujetos del derecho procesal laboral oral. -- Capítulo VI. Actos de introducción al proceso oral. -- Capítulo VII. La defensa del demandado en el proceso oral. -- Capítulo VIII. Los incidentes en el proceso laboral oral. -- Capítulo IX. Actos de comunicación procesal. -- Capítulo X. Actos procesales de impugnación. Los recursos en el proceso laboral. -- Capítulo XI. Las pruebas en el proceso laboral oral. -- Capítulo XII. Los procesos laborales. -- Capítulo XIII. Práctica forense laboral.

A partir del 01 de enero de 2016, el Código General del Proceso es de obligatoria aplicación en los procesos laborales. Entró a reglamentar, desde la fecha en cita, todas las materias que no tengan regulación expresa en el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. De esa aplicación de las normas del primer estatuto procesal al segundo, destacamos dos características fundamentales: (I) es directa y, (II) es obligatoria. Es Directa por que el trasplante de los preceptos del CGP al CPTSS no se realizará, en adelante, por vía de la analogía como antes sucedía, sino, directamente. Así lo dispone el Artículo 1.º del Código General del Proceso en los siguientes términos: «Se aplica, además, a todos los asuntos de cualquier Jurisdicción o especialidad […], en cuanto no estén regulados expresamente en otras leyes». Es Obligatoria, de otra parte, porque no faculta al operador jurídico aplicar o no las normas del CGP a un asunto no reglado en el Código especializado, sino que la impone, la ordena. Una consecuencia surge de inmediato de lo hasta ahora expuesto: los vacíos, la falta de reglamentación legal de muchos temas, (que era lo típico) en el CPTSS. Dada su escasez normativa, han desaparecido en buena hora, impidiendo que cada juzgado tenga su «propio código» que se conformaba con los criterios —muchas veces infundados— sobre la forma de integrar esas lagunas. A partir del 2016 ha nacido un «Código Integral», muy completo y moderno, que regulará el proceso del trabajo y de la seguridad social, el cual está conformado por las normas —no pocas— del CGP y los preceptos propios del CPTSS. Su manejo no es tarea fácil para los laboralistas ya que impone el estudio y dominio simultaneo de los dos estatutos procesales en forma necesaria. Esta obra tiene por objeto entregar directrices y caminos para asumir con responsabilidad esa tarea jurídico procesal.

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